DESCRIPCIÓN
<div><span style="font-size: 14px;"><span style="font-weight: bold;">Congreso MONOAMBIENTE CON BALCONAPTO USO PROFESIONAL O VIVIENDA</span></span></div><div>Hermoso monoambiente de 21.80 m2 cubiertos y balcon de 4 m2 ubicado en el piso 13 del edificio. baño instalado completo reciclado a nuevo. kitchinette con anafe de dos hornallas a gas, mesada de marmol, muebles melamina blanco. el departamento no cuenta con placard.</div><div>el departamento no cuenta con aire acondicionado ni instalacion para el mismo. anafe a gas. termotanque electrico. super luminoso, vista abierta.</div><div>Edificio cuenta con 15 pisos, 6 deptos por piso, dos ascensores amplios, encargados de 8 a 20 horas, seguridad a traves de totem.</div><div><span style="font-weight: bold;">EL CONTRATO:</span></div><div><span style="font-size: 14px;">Contrato por 2 años con ajuste de precio de la locación se hara en forma trimestral por el indice IPC. </span></div><div><span style="font-size: 14px;">No se permiten mascotas.</span></div><div>AYSA INCLUIDA EN EXPENSAS</div><div><span style="font-size: 14px;">se solicita para ingresar</span></div><div><span style="font-size: 14px;">• 1 mes adelantado</span></div><div>• Deposito de garantia U$S 350 (se entrega en dolares, y se devuelve en misma moneda al finalizar el contrato, previo descuento si hubiera deudas o deterioros)</div><div>garantia propietaria de caba o sino 3 garantes con recibo de sueldo que firmen contrato.</div><div>REQUISITOS: demostrar ingresos en blanco suficientes. No se presumen ingresos en negro, no se presumen o aceptan ingresos por trabajos en el exterior, solo lo que puede ser verificado a traves de los organismos correspondientes.</div><div>Garantía: puede ser garantia propietaria de CABA (nosotros solicitaremos los informes de inhibicion, dominio y frecuencia a cargo de la parte locataria)</div><div>o bien 3 garantes con recibos de sueldo verificables y antiguedad en el trabajo. En cada caso se solicitaran los 3 ultimos recibos de sueldo y se haran las averiguaciones pertinentes para determinar veracidad.</div><div>el contrato se firma en escribania pues se certifica firma de inquilinos y garantes (a cargo locatario)</div><div>Estarán a cargo de los inquilinos: las expensas ordinarias (que incluyen el servicio de aguas), gas y luz</div><div>Estaran a cargo del locador: las expensas extraordinarias y el impuesto inmobiliario</div><div>Este inmueble es accesible para las personas con discapacidades físicas (LEY 5115)</div><div>Ubicado a tan solo 100 metros de la plaza, en una zona con gran variedad de medios de transporte hacia todos puntos de capital y conurbano, y cerca lineas de subte A y B.</div><div><span style="font-size: 14px;">Aclaraciones a para locador y locatario:</span></div><div>La descripción del inmueble, expensas, impuestos, servicios y medidas han sido proporcionados por el propietario. Pueden no ajustarse a sus características y medidas reales y/o actuales. Los datos brindados pueden no estar actualizados a la hora de la visualización del aviso. Pueden existir inexactitudes, producto del paso del tiempo. Previo a la realización de cualquier operación, el interesado deberá verificar la veracidad de la información, requiriendo las copias necesarias de la documentación</div><div>Estarán a cargo de los inquilinos: las expensas ordinarias (que incluyen el servicio de aguas), la luz, el gas</div><div>Estaran a cargo del locador: las expensas extraordinarias y el impuesto inmobiliario</div><div>Este inmueble es accesible para las personas con discapacidades físicas (LEY 5115)</div><div>LEY 5859 se encuentra prohibido cobrar honorarios por la intervención de los corredores inmobiliarios y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas (si estarán a cargo de los inquilinos el costo de los mencionados informes, pero no los que deriven de los honorarios de los gestores). En los casos que el destino del inmueble sea comercial o profesional ambas partes abonan honorarios al corredor interviniente.</div><div>Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato.-</div><div><br></div>